De:
Infor Cordina <infocord@gmail.com>Fecha: 21 de septiembre de 2012 01:45
Asunto: MEGAMARCHA HOY VIERNES 5 DE LA TARDE ÁNGEL DE LA INDEPENDENCIA. LOS GRAVES RIESGOS DE LA FASCISTA REFORMA LABORAL DE.CALDERÓN-PEÑA NIETO.
“POBRE PUEBLO POBRE, NO QUIEREN
HACERTE RICO Y TE QUIEREN MISERABLE (FELIPE Y PEÑA)”
Ignacio Ramírez, “El Nigromante”
Cuánta razón tenía el ex diputado Gerardo Fernández
Noroña al cuestionar: ¿Tu dejarías conducir a un borracho tu auto? ¿No, Verdad?.
¿Y porque dejas a Calderón conducir el país?
http://www.youtube.com/watch?v=UAReLHY7p4Q
Con esta Reforma Laboral Fascista exigimos
que a Calderón y Peña –sus padrinos- les hagan la prueba antidoping
MVS PRIMERA EMISIÓN CON CARMEN ARISTEGUI. EL
ANALISTA ENRIQUE GALVÁN OCHOA INFORMA SOBRE LOS GRAVES RIESGOS PARA LOS
TRABAJADORES QUE CONTIENE LA REFORMA LABORAL DEL PAN-FCH Y PRI-PEÑA NIETO.
México, D. F. jueves 20 de
septiembre de 2012
http://ww2.noticiasmvs.com/entrevistas/primera-emision-con-carmen-aristegui/reforma-laboral-propuesta-por-fch-enrique-galvan-644.html
1.
Facilitar
el despido: con la nueva ley, los empresarios tendrán derecho a correr a sus
trabajadores de base para luego volver a contratarlos como eventuales.
2.
Inseguridad
en el sueldo: al recontratarlos les pagara por hora a $8 pesos, con posible
jornada de 3 ó 4 horas, es decir, recibirá un salario diario equivalente a un
tercio de lo que cuesta un kilogramo de huevo.
3.
Esta
reforma está auspiciada por el Consejo Coordinador Empresarial organismo que
ayudó para que llegarán a la presidencia de la república tanto Calderón como
Peña Nieto.
4.
Se
trata de una cirugía mayor a la Ley Federal del Trabajo, se modifican 243 artículos,
agrega 135 y deroga 41.
5.
Actualmente
suman 15 millones de personas afiliadas al Seguro Social, de ellas, 13 millones
tienen empleos permanentes y 2 millones son trabajadores eventuales.
6.
Según
las predicciones de los expertos, con la reforma en los primeros años las
cantidades se invierten, habrá 13 millones de eventuales y 2 millones de
trabajadores de planta.
7.
Los
empresarios preferirán indemnizar a sus trabajadores de base para liberarse de
las obligaciones actuales y tener gente a prueba y pagándole por hora.
8.
La
justicia en México no es pareja, porque el presidente, los diputados y los
senadores que aprobarán La Reforma Laboral están exentos de esta Reforma
Laboral, cuando muchos mexicanos que pensamos que deberían ser los primeros en predicar
con el ejemplo, es decir, que todos los políticos deberían estar a prueba solo un
mes y poderlos despedir sin problema y pagarles por hora de acuerdo a su
productividad, entonces veríamos como nos ahorraríamos al liberarnos de tanto zángano.
Informa sobre la CONVOCATORIA A LA
MEGAMARCHA DE LOS SINDICATOS INDEPENDIENTES, HOY VIERNES 21 DE SEPTIEMBRE A LAS
5 DE LA TARDE, QUE PARTIRÁ DEL ÁNGEL DE LA INDEPENDENCIA AL ZÓCALO.
El analista
en temas económicos, Enrique Galván Ochoa informó con Carmen
Aristegui que la nueva reforma laboral propuesta por Felipe Calderón Hinojosa
permitiría una contratación por hora, pagada en 8 pesos y opinó que muchos
empresarios preferirán indemnizar a su personal y contratar a prueba y por
hora.
Cuánta razón
tiene el ex diputado Gerardo Fernández Noroña ¿Tu dejarías que un borracho
manejara tu automóvil? Verdad que No, ¿Entonces porque permites que Calderón
maneje el país?
Con esta
Reforma Laboral Fascista exigimos que a Calderón y Peña les hagan la prueba
antidoping
38 RAZONES PARA
RECHAZAR LA REFORMA LABORAL CALDERÓN-PEÑA NIETO
1.- Los
Derechos Laborales ya adquiridos por décadas son un Derecho Humano Universal INVIOLABLE
e IRRENUNCIABLE.
2.- Porque
viola el principio de irretroactividad de la ley en perjuicio de persona
alguna.
3.- Porque
anula la estabilidad del empleo con el pretexto
de incrementar la productividad y ganancia empresarial.
4.- Porque afecta a todo tipo de trabajadores: de empresas privadas,
empleados federales, estatales, municipales y del gobierno del Distrito
Federal.
5.- Porque no crea empleos, los abarata.
6.- Porque facilita la imposición de bajos salarios y prolongación de
jornadas de trabajo a cambio de la permanencia en el empleo.
7.- Porque condiciona la permanencia en el empleo a quién tenga mayor
productividad.
8.- Porque desaparece los contratos de planta al anular la premisa de
que “si existe materia de trabajo subsiste el contrato de trabajo”.
9.- Porque anula el pago de indemnizaciones por despido al prever todo
tipo de contratos temporales a pesar de la existencia de la materia de trabajo.
10.- Porque permite abusos en los contratos a prueba, de capacitación
inicial y de labores discontinuas al poder repetirse continuamente al cambiar
el tipo de contrato o actividad.
11.- Porque legaliza las renuncias en blanco al no prohibirlas.
12.- Porque pulveriza el salario volviéndolo infinitesimal al prever los
contratos por horas que no generan el pago de prestaciones sociales ni prima de
antigüedad.
13.- Porque permite exportar mano de obrar barata a través de contratos
por hora o eventuales.
14.- Porque legaliza la libre subcontratación (empresas outsourcing) y
anula la responsabilidad solidaria entre las empresas que se benefician del
trabajo obrero.
15.- Porque acorta el pago de los salarios caídos a un
año y otorga a cambio un interés mínimo del 2% mensual con un límite de 15
meses de salarios, propiciando que los trabajadores sean quienes sufran la
prolongación y costos de los juicios laborales.
16.- Porque permite despidos arbitrarios sin garantía de audiencia por
reclamos de clientes o proveedores de patrón.
17.- Porque cancela todo tipo de protección a las trabajadoras
domésticas.
18.- Porque permite la movilidad total del trabajador al interior del
centro de trabajo y legaliza el trabajo multihabilidades a través de tareas
“conexas o complementarias” sin el pago proporcional del salario de acuerdo al
incremento de trabajo.
19.- Porque retira la obligación del patrón de la entrega personal del
aviso por escrito.
20.- Porque retira la sanción al patrón de considerar
el despido injustificado cuando no entregue el aviso de despido al trabajador.
21.- Porque otorga mayores facultades a las autoridades laborales para
decidir sobre el registro de sindicatos permitiendo el archivo de los
expedientes.
22.-
Porque permite a la autoridad determinar si se estalla una huelga o no.
23.- Porque permite a los patrones o terceros pedir el arbitraje
obligatorio después de sesenta días de estallada la huelga.
24.- Porque permite decidir si reconoce o no a los sindicatos
mayoritarios al interior de los centros de trabajo.
25.- Porque se acorazan aún más a “los contratos colectivos de
protección” para evitar la entrada de sindicatos independientes.
26.- Porque permite la intromisión de los patrones para definir quién es
el sindicato mayoritario.
27.- Porque se facilita la creación de los sindicatos patronales,
llamados también “sindicatos blancos”.
28.- Porque evita a los trabajadores afiliarse a un sindicato cuando
ingresan a laborar al desaparecer la cláusula de exclusión por ingreso y
separación.
29.- Porque desaparece de la Ley Federal del Trabajo la Tabla de
Enfermedades y Riesgos de Trabajo otorgando facultades a la Secretaría del
Trabajo, con la opinión del sector obrero y empresarial su expedición y
modificación.
30.- Porque permite el aumento de accidentes de trabajo condicionar el
empleo a cambio de mayor productividad.
31.- Porque evade penalizar de manera efectiva conductas patronales
negligentes que afecten la salud y vida de los trabajadores en el trabajo.
32.- Porque establece un régimen desigual de transparencia al no obligar
al patrón a informar sobre sus finanzas y sí a los Sindicatos.
33.- Porque mantiene en perjuicio de los trabajadores la carga
probatoria en materia de riesgos de trabajo.
34.- Porque es una iniciativa violatoria del principio de progresividad
en materia de derechos humanos y de garantías laborales previstas en el
artículo 1º y 123 de la Constitución, así como la Carta de la Organización de
los Estados Americanos, la Convención Americana Sobre Derechos Humanos; el
Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; el Pacto Internacional de
Derechos Económicos, Sociales y Culturales; el Protocolo Adicional a la
Convención Americana Sobre Derechos Humanos "Protocolo de San Salvador“ y
el Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relativo a la
“Libertad Sindical”.
35.- Porque cancela el carácter tutelar a favor del trabajador.
36.- Porque anula la bilateralidad en las relaciones de trabajo anulando
la intervención sindical.
37.- Porque privatiza las relaciones laborales al dar al patrón la
potestad de decidir cumplimiento de las normas laborales de manera unilateral.
38.- porque traerá mayor pobreza a la población en general.
Profr. José Luis Alonso Vargas
Tel. 0445540966159