Viernes 05 de octubre de 2012MarÃa de la Luz González y Ramiro Alonso | El Universalpolitica@eluniversal.com.mx
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Un tribunal federal ordenó a la empresa Nextel pagar daños y perjuicios y una indemnización adicional a cientos de clientes afectados por fallas técnicas en el servicio durante 2010, al resolver favorablemente la primera acción colectiva promovida en el paÃs por la ProcuradurÃa Federal del Consumidor (Profeco).
El Primer Tribunal Unitario en Materias Civil y Administrativa determinó que la indemnización adicional, equivalente a 20% del monto de los daños generados por las afectaciones, deberá cubrirse a todos los consumidores que acrediten las afectaciones sufridas durante 2010, incluso los que no hayan participado en la primera etapa de la demanda.
La figura de las acciones colectivas, vigente desde el pasado 29 de febrero, es resultado de una reforma al artÃculo 17 constitucional, que permite reclamar ante los tribunales de la Federación la afectación a derechos colectivos en materia de competencia económica, protección al consumidor, medio ambiente y servicios financieros.
En este caso concreto, la Profeco, en representación de clientes de Nextel y ocho de sus filiales que presentaron mil 789 quejas por mala calidad del servicio durante 2010, promovió la demanda colectiva ante el Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Civil del Distrito Federal.
En sentencia dictada el 26 de junio de este año, el juez del caso consideró que la demandante no evidenció los daños y perjuicios reclamados, al no referir en qué consistieron, y tampoco la relación directa e inmediata entre éstos y el incumplimiento del contrato de servicios, resolución impugnada por la Profeco.
Al resolver la inconformidad, el magistrado del Primer Tribunal Unitario José Guadalupe Sánchez, determinó que el fallo del juez no respetó la naturaleza de la acción de grupo que se le planteó, y, tras analizar los argumentos de la demandante, declaró la existencia de daños y perjuicios a los consumidores y la obligación de Nextel de cubrirlos y otorgar una indemnización adicional a los afectados.
“Nextel realizó conductas con las que ocasionó daños y perjuicios a diversos consumidores, pues no brindó los servicios de telecomunicación en la temporalidad y condiciones convenidas y en su caso omitió devolver, descontar o compensar a sus usuarios en el momento correspondiente a las fallas constantes que estos soportanâ€, estableció.
Según la sentencia, la empresa demandada se obligó a cumplir de manera plena, total, continua y permanente, las 24 horas del dÃa, los 365 dÃas del año, la prestación del servicio concesionado que ofrece a los usuarios, quienes pese a ello cubrieron el pago total indicado en el contrato.Â
“Por ende, al haber incumplido en sus términos ese acuerdo de voluntades, no frente a uno, sino a cientos de usuarios, es que el tribunal determina que, efectivamente, existe una conducta omisiva, ilÃcita no delictiva que provocó el incumplimiento de sus obligaciones contractualesâ€, expuso el magistrado.
Por ello, declaró procedente la acción colectiva, condenando a Nextel a resarcir, mediante el correspondiente incidente de daños y perjuicios, a quienes acrediten su calidad de perjudicados, además de cubrir la indemnización adicional fijada.
El magistrado recomendó a la empresa demandada “a las conductas aquà analizadas, a fin de que cumplan las obligaciones contractuales adquiridas frente a sus consumidores; o, en su caso, explicarles de forma detallada las diversas deficiencias que pudieran recibir del servicio que adquieren libremente con su compañÃaâ€.
En tanto, Nextel de México aseguró que la sentencia del tribunal federal no es definitiva, por lo que se evalúan las acciones a seguir.“Dado que esta acción no es definitiva, Nextel de México está valorando la resolución del juez para determinar acciones futurasâ€, informó la compañÃa.
La empresa, dijo, se enlistó a 22 suscriptores quejosos. El 80% de las quejas fueron resueltas mediante conciliación satisfactoriamente sin llegar a procedimientos de sanción antes del inicio de la acción grupal.
Las acciones colectivas pueden ser promovidas por la Profeco, la ProcuradurÃa Federal de Protección al Ambiente (Profepa), la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef), la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofeco), la ProcuradurÃa General de la República (PGR), el representante común de la colectividad formada por al menos 30 miembros.
